Ya entró en vigencia la ley que sanciona el soborno entre privados. La normativa fue tramitada largamente en el congreso, pero hoy, afortunadamente, ya es una realidad.
Todas las empresas, de todos los tamaños y giros, se podrán subir al carro para combatir la corrupción, asumiendo la ley como una invitación a hacer bien las cosas y a cumplir la normativa con voluntad y convicción en beneficio del negocio, los mercados y la ciudadanía.
La ley es una gran paso. Pero de nada sirve si no hay un cambio cultural y de conciencia al interior de las empresas. Es fundamental que el mundo privado asuma que puede ser víctima de corrupción. Y no mirar las malas prácticas como algo que hacen otros, o llevar a la normalidad aquello «que todos hacen». También es esencial no cerrar los ojos frente a la posibilidad de que el «corrupto» pueda estar dentro de la empresa. La evidencia confirma que todo es posible. Por lo mismo, antes de que la ley caiga sobre ellos, las organizaciones deben capacitar a sus trabajadores; incentivar al uso de canales de denuncia, que hoy casi no se usan por temor a represalias; fortalecer el rol del encargado de compliance y resguardar la correcta implementación de las políticas de proveedores. En resumidas cuentas, considerar todos los controles necesarios para mantener lejos la corrupción.
A partir del 20 de noviembre, fecha en que comenzó a regir la ley de corrupción entre privados, tanto las personas naturales (ejecutivos o trabajadores en general) como las empresas estarán más expuestas. Lo importante es entender que el delito puede configurarse si se comprueba que hubo un beneficio económico – o de otra naturaleza por parte de quien lo ofrece -, sin la necesidad de que el negocio se efectúe. Esto quiere decir que las empresas contarán con mayores exigencias, dando un paso real hacia una cultura anticorrupción.
Para que exista soborno es necesario que en el delito haya un trabajador involucrado y una empresa que se beneficie directa o indirectamente. Por ejemplo, si una empresa externa que presta servicio a otra (o un empleado de ésta) soborna al trabajador para que se adjudique un contrato, habría castigo. Además, si se comprueba que la empresa a la que pertenece ese empleado también se favorece (por los ingresos extra en dinero o regalos e invitaciones) ésta puede recibir una pena. Esto siempre y cuando se verifique que la compañía no hizo nada para prevenir irregularidades de esta índole.
La nueva normativa es una invitación a ver el compliance como un aliado corporativo, que permite medir la cultura de la empresa, según sus propias leyes, y establecer los controles adecuados para detener a tiempo cualquier indicio de corrupción. Es relevante que los empresarios pierdan el temor a denunciar conductas que los agravian y que, en contrapartida, se genere un ambiente propicio para que estas denuncias se valoren correctamente, más allá de pensar en no denunciar por herir sensibilidades.
Al hablar de corrupción entre privados no se imaginen al ejecutivo de terno y corbata sobornando a otro con un maletín lleno de billetes. No se trata de eso. En la nueva ley se configuran delitos que hoy nos parecen costumbres cotidianas, como evitar regalos de alto monto, invitaciones a seminarios que duran un par de horas cuyos viajes se extienden por días, hablamos de «regalos»que van mucho más allá de las buenas costumbres. No es que de ahora en adelante se prohíba ese tipo de atenciones, pero el «gesto» debe ir en línea con la ética. Si se regala un vino, que sea de un precio moderado, que no implique mayor compromiso.
Si bien ahora todos lo ojos estarán puestos en el sector privado, frente a cómo se comporta ante esta nueva ley, no dejaremos de vigilar aquello que ocurre en instituciones del Estado, que siempre deben dar el ejemplo en materia de probidad y transparencia.
Por Susana Sierra